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Situación actual del Sistema Público Nacional de Salud en Venezuela

bienestar colectivo y el acceso a los servicios. Todas las personas tienen derecho a la protección de la salud, así como el deber de participar activamente en su promoción y defensa, y el de cumplir con las medidas sanitarias y de saneamiento que establezca la ley, de conformidad con los tratados y convenios internacionales suscritos y ratificados por la República. (p.30)

El derecho a la salud puede analizarse con base en cuatro derechos articulados:

1.         El derecho a la vida.

2.         El derecho al bienestar y calidad de vida.

3.         El derecho a la participación ciudadana en salud.

4.         El derecho a la atención.

Dado a la importancia en el desarrollo a la vida de las personas y comunidades Ojeda Liendo (s/f), establece que “la salud adquiere rango de relevancia pública con supremacía dentro del marco de políticas públicas y sobre toda acción que pueda contribuir o generar capacidades, medios y condiciones para garantizarla, provengan del sector gubernamental o privado lucrativo o no lucrativo”.

En el Artículo 84 se ordena la creación de un Sistema Público Nacional de Salud (SPNS), bajo la rectoría del Ministerio del Poder Popular para la Salud (MPPS), el cual será de carácter intersectorial, descentralizado y participativo, integrado al sistema de seguridad social, regido por los principios de gratuidad, universalidad, integralidad, equidad, integración social y solidaridad.

El Sistema Público Nacional de Salud (SPNS) es definido por el Informe de Venezuela ante la Organización Panamericana de la Salud OPS (2002) Logros en promoción de la salud con respecto a los compromisos asumidos en la declaración de México como:

El conjunto integrado de políticas, planes y acciones recursos financieros de fuentes públicas e instituciones, redes de atención y servicios públicos destinados a la salud que opera en los ámbitos nacional, estatal y municipal, incluyendo todas aquellas instituciones, redes y servicios que reciban financiamiento por parte del Estado.(p. 3)

En el Artículo 85 se dice que el financiamiento del Sistema Público Nacional de Salud (SPNS) es obligación del Estado y el Artículo 86 que establece que toda persona tiene derecho a la seguridad social como servicio público de carácter no lucrativo, que garantice la salud y asegure protección en diferentes contingencias. El marco legal establecido por la Carta Magna ha permitido la formulación de una propuesta del Anteproyecto de la Ley Orgánica de Salud, la cual tiene como objeto garantizar el derecho a la salud a todas las personas consagrándose como un derecho social. Este Anteproyecto de Ley está pendiente su aprobación por la Asamblea Nacional, la cual recoge las orientaciones de política y establece las normas para su institucionalización.

Otro aspecto relevante del marco jurídico legal es el constituido por la ley orgánica de seguridad social, publicada en gaceta oficial nº 37.600 de fecha 30 de diciembre del 2002. Articulo nº 18 el cual expone que:

Promoción de la salud de toda la población de forma universal y equitativa, que incluye la protección y la educación para la salud y la calidad de vida, la prevención de enfermedades y accidentes, la restitución de la salud y la rehabilitación; oportuna, adecuada y de calidad.(p. 8)

Es así como se inicia desde 1999, una nueva etapa en Venezuela generando cambios sustanciales en la estructura del sistema político, constituyendo una transformadora fuerza de la salud en el país. Sin embargo, el Sistema Público Nacional de Salud (SPNS) continuaba con las deficiencias ya que esa población excluida no contaba con un acceso permanente a los servicios de salud; debido al crecimiento demográfico, el medio de transporte para llegar a un centro de salud y la situación de pobreza para la compra de los medicamentos impedían que la persona pudiese ser evaluado por un médico; ya que este, no le era atractivo trasladarse hacia los barrios urbanos.

En este orden de ideas Jiménez, J. (2008).señala que el Sistema Público Nacional de Salud (SPNS) que se estima construir para garantizar el derecho a la salud a todos los venezolanos(as):

Se debe sustentar en el principio de corresponsabilidad Estado – Comunidad Organizada (Consejos Comunales, Comités de Salud), donde conjuntamente se diseñen Políticas Públicas, orientadas a la promoción de la salud como calidad de vida, para mantener a la gente sana, es decir, actuar sobre los determinantes sociales y resolver en conjunto los problemas estructurales de una vivienda digna y saludable, acceso a agua potable, disposición adecuada de aguas servidas, educación, cultura, trabajo, seguridad alimentaria, promoción, protección y conservación del ambiente, recreación, etc. (p. 1)

Debido a esta problemática inicia una nueva misión en llevar los servicios de salud a los barrios implementándose la Red de Atención Primaria del nuevo Sistema Público Nacional de Salud (SPNS) cuya expresión es la Misión Barrio Adentro.

MISIÓN BARRIO ADENTRO

La Misión Barrio Adentro es una política de salud, dirigida a atender la deuda social de los sectores excluidos basada en una activa participación de la comunidad. Para Abril 2003 inicia el Plan Barrio Adentro en los municipios Sucre y Libertador impulsados por la Alcaldía de Caracas y la Coordinación Cubana. En esta fecha se encuentra un Ministerio del Poder Popular para la Salud (MPPS) casi desvinculado de las acciones que venían implementándose las instituciones antes mencionadas.

En Septiembre 2003 el Ministerio del Poder Popular para la Salud (MPPS) “asume con prioridad establecer vínculos definidos con la representación cubana en los aspectos de implantar, extender y consolidar la Misión Barrio Adentro en todo el país” (Situación Actual Misión Barrio Adentro, 2004) creándose la Asociación Civil Barrio Adentro donde se produce una yuxtaposición de funciones entre la misma y la Coordinación Nacional de Atención Primaria del Ministerio del Poder Popular para la Salud (MPPS).

Ya para el año 2004 la Misión Barrio Adentro se fue expandiendo espacialmente hasta cubrir todos los estados y municipios del país. Según López Maya (2004) “Esta misión está fundamentalmente centrada en ofrecer a los barrios urbanos servicios de salud in situ, que incluyen: atención médica gratuita, suministro gratuito de medicinas, atención domiciliaria y servicio las 24 horas del día.” Todos estos servicios en la práctica de la salud colectiva, estaban muy deteriorados por las políticas neoliberales de los periodos 1987 – 1999. Además el profesional médico venezolano en gran parte estaba opuesto a trabar en los barrios urbanos ya que no era atractivo vincularse directamente con el pueblo de los excluidos. Esta acción fue cuestionable por el Gobierno del Presidente Chávez y es así como “un gobierno lleva a los barrios una política de salud masiva para la población necesitada.” (López Maya, 2004, p. 15)

RED DE SERVICIO DE ATENCIÓN DE SALUD

Dentro de la red de servicios en el área de salud se