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Uso inadecuado de los Servicios de Urgencia Extrahospitalarios. Definición, factores de influencia y consecuencias

típicas de esta sociedad del primer mundo, como diabetes, accidente cerebrovascular (ACV), cardiopatías, etc., fácilmente tratables, con lo que la supervivencia, la morbilidad y la cronicidad, influirán sobre un aumento de la demanda asistencial.

Todo esto hará que nos encontremos con una población cada vez más anciana pero, al mismo tiempo, cada vez más necesaria, ya que las estructuras familiares en la actualidad, recurren cada vez con mayor frecuencia a los abuelos como recurso fundamental para hacerse cargo de la familia, cuidando a los nietos mientras los padres trabajan, por ejemplo, o incluso para volver a su domicilio y convivir con ellos, ante las nefastas perspectivas laborales actuales. Por lo tanto, este equilibrio que sostienen a menudo las personas mayores no puede romperse, por todo el trastorno que ocasiona, así que la solución pasa por acudir a los Servicios de Urgencias con ellos, donde será atendida su demanda sin esperar, solicitando un tratamiento global y rápido que solucione el problema.

Al mismo tiempo, esta convivencia con los abuelos, hace estrechar muchas veces los lazos familiares y hará que, cuando aquellos enferman, no se tolere la idea de la enfermedad, ni del fallecimiento, sin hacer nada, el momento de la muerte simplemente no se acepta, por lo que harán uso de los Servicios de Urgencia, para intentar alargar este proceso o incluso amortiguar dicho trance.

d.            Factores ambientales: Numerosos estudios han demostrado como los más diversos elementos pueden influir sobre el uso de las Urgencias, y así se ha visto como los eventos deportivos (5), los ciclos lunares (6), las epidemias de gripe (7), los niveles de contaminación (8), los cambios atmosféricos o los ritmos semanales, todos ellos pueden provocar la saturación o la escasez de asistencia a los Servicios de Urgencias (9).

2.            Factores dependientes del sistema sanitario: son todos los elementos que se encuentran a disposición del usuario para satisfacer su necesidad sanitaria.

a.            Aumento o disminución de la oferta. Dice la Ley de Roemer, que la utilización de los servicios está relacionada con la oferta. A más oferta, más utilización. A más utilización, más posibilidades de sobreutilización o de mala utilización. Así, la utilización inadecuada, por exceso o por defecto, supone un coste de oportunidad que afecta a la estabilidad del sistema y a sus posibilidades de mejora, además de un riesgo para los pacientes (10, 11).

Aplicada a las Urgencias, se comprobó, efectivamente, que cuando se incrementó la capacidad de las mismas, también aumentó el número de pacientes que acudieron (12). Ante este hecho, en algunas ocasiones, la administración ha intentado limitar la oferta a los pacientes considerados no urgentes, para así controlar la demanda.

En España la cobertura sanitaria es prácticamente del 100% de la población, pero no se ha dispuesto ninguna limitación al acceso, como sucede en otros países. En la mayoría de los seguros privados en Estados Unidos, introdujeron a partir de los años 70, la figura del médico gatekeeper, que comparte en su rol, dos de los atributos del profesional de Atención Primaria: el primer contacto con los pacientes y la coordinación de las derivaciones al segundo nivel, a los especialistas.

En la definición americana, se define como gatekeeping, al proceso de autorización de las derivaciones por un médico de Atención Primaria designado para cumplir esta función. La mayoría de los seguros, pagan al médico de Atención Primaria por capitación, ponen a este en mayor o menor riesgo financiero, por el costo incurrido por sus pacientes si utilizan servicios especializados u hospitalarios (13). De esta forma, el gatekeeping, ha mostrado resultados en la reducción del uso abusivo de las urgencias (14, 15). La presión de los usuarios y la medicina defensiva, fue el principal enemigo de este sistema que, a veces, no consiguió redirigir a los pacientes a otras instancias y terminó asistiendo al Servicio de Urgencias (16).

b.            Medidas disuasorias al uso del sistema sanitario. En España, la opción del copago farmacéutico, es ya una realidad, incluso hay Autonomías, como Cataluña, y quizás pronto se sumen otras, que marcan un doble sistema de copago. Por su actualidad y repercusión, vamos a destacar los principales puntos de su funcionamiento, ya que representan una opción novedosa, no contemplada hasta el momento. Este nuevo sistema de copago pretende, en parte, limitar el número de pacientes no urgentes, argumentando motivos disuasorios y no recaudatorios.

Desde su introducción, se reduce el número de personas que no tienen que pagar por sus medicamentos con receta, algo de lo que ya sólo se beneficiarán los parados sin prestación y las personas con pensiones no contributivas o renta de reinserción. A partir de ahí, se establecen diferentes categorías según la renta para los trabajadores activos y para el resto de pensionistas, que a partir de ahora tendrán que pagar un porcentaje del precio de sus medicinas. En concreto, los pensionistas pagarán un 10% del precio de sus medicamentos.

No obstante, aquellos con rentas inferiores a los 18.000 euros, no pagarán más de 8 euros al mes, un límite que para los pensionistas con rentas de más de 18.000 euros será de 18 euros mensuales, mientras que para quienes superen los 100.000 euros anuales, el tope estará en los 60 euros mensuales.

En el caso de los trabajadores activos, se acaba con el 40% generalizado que se pagaba hasta ahora y se establecen diferentes porcentajes de copago en función de la renta. Así, aquellos trabajadores con rentas inferiores a 18.000 euros, que no tienen obligación de tributar en el IRPF, y miembros de familias numerosas, seguirán pagando este mismo porcentaje (40%), mientras que en aquellos que superen esta renta, la aportación será de un 50%.

Al igual que con las pensiones, también existe una categoría para rentas altas, iguales o superiores a los 100.000 euros anuales, que en este caso pasarán a pagar un 60%.

Por último, los enfermos crónicos seguirán pagando un 10% como hasta ahora, así como los mutualistas de Muface, que continuarán pagando un 30%, tanto como trabajadores activos, como una vez que se jubilen.

Para que este copago se aplique con normalidad, el Ministerio ha creado varios códigos (TSI 001, sin aportación; TSI 002, aportación del 10%; TSI 003, aportación del 40%; TSI 004, aportación del 50%, y TSI 005, aportación del 60%), que irán impresos en las recetas para que el farmacéutico cobre la cantidad adecuada. No obstante, Sanidad ha determinado que en caso de duda se aplicará