{"id":34997,"date":"2015-10-14T08:50:14","date_gmt":"2015-10-14T06:50:14","guid":{"rendered":"http:\/\/www.revista-portalesmedicos.com\/revista-medica\/?p=34997"},"modified":"2017-05-28T09:19:57","modified_gmt":"2017-05-28T07:19:57","slug":"sistema-sanitario-publico-andaluz-de-salud","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.revista-portalesmedicos.com\/revista-medica\/sistema-sanitario-publico-andaluz-de-salud\/","title":{"rendered":"Modelo organizativo y asistencial del Sistema Sanitario P\u00fablico Andaluz de Salud"},"content":{"rendered":"<h1 style=\"text-align: left;\"><\/h1>\n<h1 style=\"text-align: left;\"><strong>Modelo organizativo y asistencial del Sistema Sanitario P\u00fablico Andaluz de Salud<\/strong><\/h1>\n<p style=\"text-align: justify;\">RESUMEN:<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La realidad sanitaria actual ha condicionado un nuevo modelo organizativo que establece la integraci\u00f3n de niveles asistenciales como eje principal del Plan de Calidad. Esta estructura organizativa del Sistema Sanitario P\u00fablico Andaluz de Salud y el marco legislativo en la que se incluye, ser\u00e1 la que analizaremos para comprobar c\u00f3mo esta organizaci\u00f3n proporciona una red de servicios asistenciales integrada y organizada que garantiza la accesibilidad de la poblaci\u00f3n y la equidad en la distribuci\u00f3n de recursos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><!--more--><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Modelo organizativo y asistencial del Sistema Sanitario P\u00fablico Andaluz de Salud<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">AUTORES:<\/p>\n<ul style=\"text-align: justify;\">\n<li>Sergio Landr\u00f3guez Salinas. Doctorado en Medicina y Cirug\u00eda. M\u00e9dico especialista en Medicina Familiar y Comunitaria. Experto Universitario en Evaluaci\u00f3n e Investigaci\u00f3n de Servicios de Salud. Experto Universitario en Probabilidad y Estad\u00edstica en Medicina. M\u00e9dico Unidad de Gesti\u00f3n Cl\u00ednica Dispositivo de Cuidados Cr\u00edticos y Urgencias. Jerez de la Frontera. \u00c1rea de Gesti\u00f3n Sanitaria Norte de C\u00e1diz.<\/li>\n<li>Antonio Ram\u00f3n Flores L\u00f3pez. Director de Unidad de Gesti\u00f3n Cl\u00ednica Dispositivo de Cuidados Cr\u00edticos y Urgencias. \u00c1rea de Gesti\u00f3n Sanitaria Norte de C\u00e1diz.<\/li>\n<li>Jos\u00e9 Garc\u00eda Pantoja. Coordinador de Cuidados de Enfermer\u00eda de la Unidad de Gesti\u00f3n Cl\u00ednica Dispositivo de Cuidados Cr\u00edticos y Urgencias. \u00c1rea de Gesti\u00f3n Sanitaria Norte de C\u00e1diz.<\/li>\n<\/ul>\n<p style=\"text-align: justify;\">PALABRAS CLAVE: Modelos organizativos. Administraci\u00f3n de Servicios de Salud. Sistema P\u00fablico de Salud.<\/p>\n<ol style=\"text-align: justify;\">\n<li>INTRODUCCI\u00d3N.<\/li>\n<\/ol>\n<p style=\"text-align: justify;\">La Organizaci\u00f3n Mundial de la Salud (OMS) en 1978, defini\u00f3 la salud como:<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El logro del m\u00e1s alto nivel de bienestar f\u00edsico, mental, social y de capacidad de funcionamiento que permitan los factores sociales en los que vive inmerso el individuo y la colectividad.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Del mismo modo, concret\u00f3 el modelo de un sistema sanitario como:<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Un conjunto complejo de elementos interrelacionados que contribuyen a la salud en los hogares, los lugares de trabajo, los\u00a0 lugares p\u00fablicos y las comunidades, as\u00ed como en el medio ambiente f\u00edsico y\u00a0 psicosocial, y en el sector de la salud y otros sectores afines.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En Espa\u00f1a, el derecho a la salud aparece reflejado en la Constituci\u00f3n de 1978, vigente en el momento actual, en su art\u00edculo 43, donde se reconoce el derecho a la protecci\u00f3n\u00a0 de la salud de todos los espa\u00f1oles y se establece que:<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Compete a los poderes p\u00fablicos organizar y tutelar la salud p\u00fablica a trav\u00e9s de medidas preventivas y de las\u00a0 prestaciones y servicios necesarios.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Estos servicios se definen como parte de un sistema sanitario b\u00e1sico, donde encontramos dos elementos principales, los proveedores de la atenci\u00f3n sanitaria (los servicios m\u00e9dicos) y los receptores de la misma (la poblaci\u00f3n a la que atienden), que se relacionan entre s\u00ed mediante diferentes mecanismos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Del lado de la oferta est\u00e1n los proveedores, que no s\u00f3lo incluye a los m\u00e9dicos o las enfermeras que atienden directamente la enfermedad, sino a todo el conjunto de profesionales sanitarios, organizaciones e instituciones, tales como: centros de salud, ambulatorios, hospitales, laboratorios, compa\u00f1\u00edas de transportes sanitarios o cualquier empresa que preste soporte socio-sanitario.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En el lado de la demanda, nos encontramos a una poblaci\u00f3n que mostrar\u00e1 determinadas particularidades dependientes de caracter\u00edsticas demogr\u00e1ficas, econ\u00f3micas, educativas y culturales propias, y que har\u00e1n que este sistema sanitario deba adaptarse a ellos y viceversa.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Ambos elementos, son puestos en contacto a trav\u00e9s de una instituci\u00f3n superior, encargada de la regulaci\u00f3n de dicho modelo y de dictar el conjunto de normas que marcan las reglas de funcionamiento de dicho sistema sanitario, que es parte esencial de una sociedad compleja, din\u00e1mica y cada vez m\u00e1s profundamente interrelacionada. Estas caracter\u00edsticas suponen que los avances y mejoras a que aspiramos en nuestro Sistema de Salud s\u00f3lo podr\u00e1n producirse en un escenario compartido, desde un esfuerzo conjunto entre una ciudadan\u00eda consciente y responsable del valor de la salud y de la atenci\u00f3n sanitaria y un colectivo profesional excelentemente cualificado y comprometido con su misi\u00f3n en los cuidados de salud.<\/p>\n<ol style=\"text-align: justify;\" start=\"2\">\n<li>MARCO GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD.<\/li>\n<\/ol>\n<p style=\"text-align: justify;\">En el sector sanitario, la Ley 14\/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, establece las bases ordenadoras para la creaci\u00f3n del\u00a0Sistema Nacional de Salud, configurado por el conjunto de los Servicios de Salud de las Comunidades Aut\u00f3nomas, debidamente coordinados, los cuales integran o adscriben funcionalmente todos los centros, servicios y establecimientos sanitarios de la propia Comunidad, las Corporaciones Locales, y cualesquiera otras Administraciones territoriales intracomunitarias, bajo la responsabilidad de la Comunidad Aut\u00f3noma.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Este marco legal se completa con la Ley Org\u00e1nica 3\/1986, de 14 de abril, de Medidas Especiales en Materia de Salud P\u00fablica, que faculta a las distintas Administraciones P\u00fablicas, dentro del \u00e1mbito de sus competencias, a adoptar medidas de intervenci\u00f3n sanitaria excepcionales cuando as\u00ed lo exijan razones de urgencia o necesidad; la Ley 25\/1990, de 20 de diciembre, del Medicamento, que tiene por objeto el garantizar la existencia y disponibilidad de medicamentos eficaces, seguros y de calidad, la adecuada informaci\u00f3n sobre los mismos y las condiciones b\u00e1sicas de la prestaci\u00f3n farmac\u00e9utica en el conjunto del<\/p>\n<p><!--nextpage--><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Sistema Nacional de Salud; la Ley 15\/1997, de 25 de abril, sobre la habilitaci\u00f3n de nuevas formas de gesti\u00f3n en el Sistema Nacional de Salud; \u00a0la Ley 16\/1997, de Regulaci\u00f3n de Servicios de las Oficinas de Farmacia, y, m\u00e1s recientemente, con la Ley 16\/2003, de 28 de mayo, de cohesi\u00f3n y calidad del Sistema Nacional de Salud y la Ley 44\/2003, de 21 de noviembre, de ordenaci\u00f3n de las profesiones sanitarias y la Ley 33\/2011, de 4 de octubre, general de Salud P\u00fablica.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Todas las estructuras y servicios p\u00fablicos al servicio de la salud integrar\u00e1n el Sistema Nacional de Salud, que se definen como el conjunto de los Servicios de Salud de la Administraci\u00f3n del Estado y de los Servicios de Salud de las Comunidades Aut\u00f3nomas en los t\u00e9rminos establecidos en la presente Ley. Integra todas las funciones y prestaciones sanitarias que, de acuerdo con lo previsto en la presente Ley, son responsabilidad de los poderes p\u00fablicos para el debido cumplimiento del derecho a la protecci\u00f3n de la salud.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Sus caracter\u00edsticas fundamentales son:<\/p>\n<ul style=\"text-align: justify;\">\n<li>La extensi\u00f3n de sus servicios a toda la poblaci\u00f3n.<\/li>\n<li>La organizaci\u00f3n adecuada para prestar una atenci\u00f3n integral a la salud, comprensiva tanto de la promoci\u00f3n de la salud y prevenci\u00f3n de la enfermedad, como de la curaci\u00f3n y rehabilitaci\u00f3n.<\/li>\n<li>La coordinaci\u00f3n y, en su caso, la integraci\u00f3n de todos los recursos sanitarios p\u00fablicos en un dispositivo \u00fanico.<\/li>\n<li>La financiaci\u00f3n de las obligaciones derivadas de esta Ley se realizar\u00e1 mediante recursos de las Administraciones P\u00fablicas, cotizaciones y tasas por la prestaci\u00f3n de determinados servicios.<\/li>\n<li>La prestaci\u00f3n de una atenci\u00f3n integral de la salud procurando altos niveles de calidad debidamente evaluados y controlados. Se crea el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, que estar\u00e1 integrado por un representante de cada una de las Comunidades Aut\u00f3nomas y por igual n\u00famero de miembros de la Administraci\u00f3n del Estado.<\/li>\n<\/ul>\n<p style=\"text-align: justify;\">El Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, ser\u00e1 el \u00f3rgano permanente de comunicaci\u00f3n e informaci\u00f3n de los distintos Servicios de Salud, entre ellos y con la Administraci\u00f3n estatal, y coordinar\u00e1, entre otros aspectos, las l\u00edneas b\u00e1sicas de la pol\u00edtica de adquisiciones, contrataciones de productos farmac\u00e9uticos, sanitarios y de otros bienes y servicios, as\u00ed como los principios b\u00e1sicos de la pol\u00edtica de personal.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud ejercer\u00e1 tambi\u00e9n las funciones en materia de planificaci\u00f3n que esta Ley le atribuye. Asimismo ejercer\u00e1 las funciones que le puedan ser confiadas para la debida coordinaci\u00f3n de los servicios sanitarios. Ser\u00e1 Presidente del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud el Ministro de Sanidad y Consumo.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Se crea un Comit\u00e9 Consultivo vinculado con el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud al que se refieren los apartados anteriores, integrado por el mismo n\u00famero de representantes de las organizaciones empresariales y sindicales m\u00e1s representativas y por los de aquellas asociaciones de consumidores y usuarios que a tal objeto proponga el Consejo de Consumidores y Usuarios y, paritariamente con todos los anteriores, por representantes de las Administraciones P\u00fablicas presentes en el Consejo Interterritorial, designados por \u00e9ste.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El Estado y las Comunidades Aut\u00f3nomas podr\u00e1n constituir comisiones y comit\u00e9s t\u00e9cnicos, celebrar convenios y elaborar los programas en com\u00fan que se requieran para la mayor eficacia y rentabilidad de los Servicios Sanitarios.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En cada Comunidad Aut\u00f3noma se constituir\u00e1 un Servicio de Salud integrado por todos los centros, servicios y establecimientos de la propia Comunidad, Diputaciones, Ayuntamientos y cualesquiera otras administraciones territoriales intracomunitarias.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La ordenaci\u00f3n territorial de los Servicios, ser\u00e1 competencia de las Comunidades Aut\u00f3nomas y se basar\u00e1 en la aplicaci\u00f3n de un criterio integrado de atenci\u00f3n a la salud.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Cada Comunidad Aut\u00f3noma elaborar\u00e1 un Plan de Salud que comprender\u00e1 todas las actuaciones sanitarias necesarias para cumplir los objetivos de sus Servicios de Salud. Las correspondientes Comunidades Aut\u00f3nomas regular\u00e1n la organizaci\u00f3n, funciones, asignaci\u00f3n de medios personales y materiales de cada uno de los Servicios de Salud.<\/p>\n<ol style=\"text-align: justify;\" start=\"3\">\n<li>LEY DE SALUD DE ANDALUC\u00cdA.<\/li>\n<\/ol>\n<p style=\"text-align: justify;\">El art\u00edculo 43 de la Constituci\u00f3n Espa\u00f1ola de 1978 reconoce el derecho a la protecci\u00f3n de la salud y establece la atribuci\u00f3n de competencias a los poderes p\u00fablicos para organizar y tutelar la salud p\u00fablica a trav\u00e9s de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios; asimismo, y a trav\u00e9s de las previsiones contenidas en el T\u00edtulo VIII, organiza las atribuciones y competencias del Estado sobre la base de la institucionalizaci\u00f3n de las Comunidades Aut\u00f3nomas.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En este orden, los art\u00edculos 13.21 y 20.1 del Estatuto de Autonom\u00eda para Andaluc\u00eda, respectivamente, confieren a la Comunidad Aut\u00f3noma competencia exclusiva en materia de sanidad e higiene, sin perjuicio de lo establecido por el art\u00edculo 149.1.16 de la Constituci\u00f3n espa\u00f1ola, as\u00ed como el desarrollo legislativo y la ejecuci\u00f3n de la legislaci\u00f3n b\u00e1sica del Estado en materia de sanidad interior.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La Ley 14\/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, norma b\u00e1sica dictada por el Estado en uso de las competencias que le reserva el art\u00edculo 149.1.16 del Texto Constitucional, con la finalidad de hacer efectivo el citado precepto constitucional establece las bases ordenadoras para la creaci\u00f3n del Sistema Nacional de Salud, configurado por el conjunto de los Servicios de Salud de las Comunidades Aut\u00f3nomas, debidamente coordinados, los cuales integran o adscriben funcionalmente todos los centros, servicios y establecimientos sanitarios de la propia Comunidad, las Corporaciones Locales, y cualesquiera otras<\/p>\n<p><!--nextpage--><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Administraciones territoriales intracomunitarias, bajo la responsabilidad de la Comunidad Aut\u00f3noma.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Este marco legal, se completa con la Ley Org\u00e1nica 3\/1986, de 14 de abril, de Medidas Especiales en Materia de Salud P\u00fablica, que faculta a las distintas Administraciones P\u00fablicas, dentro del \u00e1mbito de sus competencias, a adoptar medidas de intervenci\u00f3n sanitaria excepcionales cuando as\u00ed lo exijan razones de urgencia o necesidad; la Ley 25\/1990, de 20 de diciembre, del Medicamento, que tiene por objeto el garantizar la existencia y disponibilidad de medicamentos eficaces, seguros y de calidad, la adecuada informaci\u00f3n sobre los mismos y las condiciones b\u00e1sicas de la prestaci\u00f3n farmac\u00e9utica en el conjunto del Sistema Nacional de Salud, y, m\u00e1s recientemente, con la Ley 15\/1997, de 25 de abril, sobre la habilitaci\u00f3n de nuevas formas de gesti\u00f3n en el Sistema Nacional de Salud, y la Ley 16\/1997, de Regulaci\u00f3n de Servicios de las Oficinas de Farmacia.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Andaluc\u00eda alcanz\u00f3 la titularidad de las competencias sanitarias con la promulgaci\u00f3n de su Estatuto de Autonom\u00eda en 1981 (reformado en 2006). En su virtud, la Ley 8\/1986, de 6 de mayo, crea el Servicio Andaluz de Salud, organismo aut\u00f3nomo de car\u00e1cter administrativo de la Junta de Andaluc\u00eda, responsable de la gesti\u00f3n y administraci\u00f3n de los servicios p\u00fablicos de atenci\u00f3n a la salud dependiente de la Junta de Andaluc\u00eda.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En consecuencia, Andaluc\u00eda ha ido desarrollando a lo largo de los a\u00f1os a trav\u00e9s de un proceso de transferencias de competencias sanitarias desde el Estado a la Comunidad Aut\u00f3noma y complementado, a su vez, con un proceso de integraci\u00f3n de redes asistenciales p\u00fablicas dependientes de otras Administraciones con implantaci\u00f3n en Andaluc\u00eda, un Sistema Sanitario P\u00fablico de Salud que se ha consolidado como el garante del derecho de sus ciudadanos a la protecci\u00f3n de la salud, de forma universalizada y equitativa, sin que nadie se vea discriminado por razones econ\u00f3micas, sociales, raciales, geogr\u00e1ficas o por cualquier otra circunstancia.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El esfuerzo realizado por la sociedad andaluza en este campo, ha contribuido a una mejora indudable y comprobada de los niveles de salud de la poblaci\u00f3n, alcanzando est\u00e1ndares comparables e incluso superiores a otras regiones del Estado y a otros pa\u00edses de nuestro entorno pol\u00edtico y socioecon\u00f3mico.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El conjunto de dispositivos agrupados dentro del Servicio Andaluz de Salud configura hoy d\u00eda la m\u00e1s importante red de atenci\u00f3n sanitaria de Andaluc\u00eda, tanto en lo que se refiere a la atenci\u00f3n primaria de salud, la asistencia hospitalaria, la salud p\u00fablica y, en general, en el conjunto de prestaciones sanitarias puestas a disposici\u00f3n del pueblo andaluz.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Esta red, junto con las empresas p\u00fablicas constituidas, conforma una atenci\u00f3n sanitaria p\u00fablica que conviene mantener, ampliar y potenciar de forma progresiva, como uno de los elementos indiscutibles para el bienestar de la poblaci\u00f3n andaluza.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En el tiempo transcurrido desde la creaci\u00f3n del Servicio Andaluz de Salud, se han producido importantes cambios en la sociedad espa\u00f1ola y andaluza, que, con la plena integraci\u00f3n de Espa\u00f1a en la Uni\u00f3n Europea y el proceso de convergencia econ\u00f3mica y de cohesi\u00f3n social, se ha implicado en profundidad en el debate que envuelve a los pa\u00edses europeos en torno a los sistemas de protecci\u00f3n social.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Los cambios demogr\u00e1ficos progresivos hacia un aumento de la esperanza de vida y un envejecimiento de la poblaci\u00f3n, la aparici\u00f3n de nuevas enfermedades y los cambios en la prevalencia de otras, la introducci\u00f3n permanente de nuevas tecnolog\u00edas m\u00e9dicas, la implantaci\u00f3n progresiva de la sociedad global de la informaci\u00f3n en Europa, y una creciente preocupaci\u00f3n por los costes y la financiaci\u00f3n de las prestaciones p\u00fablicas, han configurado un escenario para la sanidad, en el que las principales prioridades se concentran en modernizar los aparatos administrativos y asistenciales en orden a conseguir una mayor eficacia de su actuaci\u00f3n, una mayor eficiencia, una mayor motivaci\u00f3n e incentivaci\u00f3n profesional y una mejor adaptaci\u00f3n a los deseos y necesidades de los ciudadanos andaluces. Todo ello, bajo los principios de mayor participaci\u00f3n de los profesionales en la gesti\u00f3n de los recursos asistenciales y de mayor control social.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La adaptaci\u00f3n estructural del Sistema Nacional de Salud a estos cambios, aconseja profundizar en el desarrollo del cuerpo legislativo de la sanidad, en particular desde las Comunidades Aut\u00f3nomas que han asumido competencias estatutarias en materia de sanidad, con el objetivo de armonizar la garant\u00eda de los derechos ciudadanos en la materia y de vertebrar adecuadamente la estructura organizativa del conjunto del Sistema.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Se hace necesario, en este marco, reforzar y reagrupar las competencias sanitarias atribuidas a la Consejer\u00eda de Salud, reforzando su papel como autoridad sanitaria y, por tanto, como garante del derecho de los andaluces a la protecci\u00f3n de la salud. Esto permite acomodar mejor la distribuci\u00f3n de funciones y responsabilidades en el conjunto de la sanidad p\u00fablica andaluza, diferenciando claramente lo que son funciones propias de la Consejer\u00eda de Salud (autoridad sanitaria, planificaci\u00f3n, aseguramiento, financiaci\u00f3n, asignaci\u00f3n de recursos, ordenaci\u00f3n de prestaciones, concertaci\u00f3n de servicios ajenos e inspecci\u00f3n), de las de gesti\u00f3n y provisi\u00f3n de recursos, m\u00e1s propias de los organismos, entes y entidades dedicados exclusivamente a la asistencia sanitaria.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Todo ello, con la progresiva descentralizaci\u00f3n de funciones y responsabilidades, permitir\u00e1 ir configurando un nuevo marco de ordenaci\u00f3n espec\u00edfico para la sanidad p\u00fablica andaluza, m\u00e1s flexible, generadora de innovaciones, m\u00e1s motivador para los gestores y profesionales sanitarios, y m\u00e1s adaptable a los constantes cambios que nos demanda la sociedad andaluza.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Como hemos visto, el desarrollo del proceso de transferencias en Andaluc\u00eda se inici\u00f3 en 1981 (Real Decreto 1118\/1981, de 24 de<\/p>\n<p><!--nextpage--><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Abril),\u00a0asumiendo las competencias en materia de sanidad e higiene, anteriormente dependientes del Ministerio de Sanidad y Consumo.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La gesti\u00f3n de la red sanitaria de la Seguridad Social, anteriormente gestionada por el Instituto Nacional de la Salud (INSALUD), se alcanza en el a\u00f1o 1984 (Real Decreto 400\/1984, de 22 de Febrero). Un a\u00f1o despu\u00e9s lo hacen las competencias de Centros Sanitarios dependientes del Ministerio de Sanidad y Consumo y gestionados por la Administraci\u00f3n Institucional de la Sanidad Nacional (AISNA) (Real Decreto 1713\/1985, de 1 de Agosto) y produci\u00e9ndose el traspaso de las funciones y servicios en materia de asistencia sanitaria del Instituto Social de la Marina, en el 2004 (Real Decreto 1784\/2004, de 30 de Julio).<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La\u00a0Consejer\u00eda de Salud\u00a0es el \u00f3rgano de la Administraci\u00f3n de la Junta de Andaluc\u00eda responsable de las directrices de la pol\u00edtica de salud y de la alta direcci\u00f3n de los organismos directamente responsables de la provisi\u00f3n y gesti\u00f3n de los servicios sanitarios de la Comunidad Aut\u00f3noma, configurados bajo la denominaci\u00f3n de\u00a0Sistema Sanitario P\u00fablico de Andaluc\u00eda (concebido en el t\u00edtulo VII de la Ley 2\/1998, de 15 de junio, de Salud de Andaluc\u00eda como el conjunto de recursos, medios organizativos y actuaciones de las Administraciones sanitarias p\u00fablicas de la Comunidad Aut\u00f3noma o vinculadas a las mismas).<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La Consejer\u00eda de Salud se organiza sobre la base de separar lo que son competencias propias de la Autoridad Sanitaria, de lo que son competencias propias de gesti\u00f3n y prestaci\u00f3n de los servicios sanitarios, que se ejercen a trav\u00e9s de un conjunto de organismos y entidades p\u00fablicas que, manteniendo el grado de autonom\u00eda que le confieren sus propias normas de creaci\u00f3n, dependen directamente de la Consejer\u00eda de Salud.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Tiene la responsabilidad directa en la determinaci\u00f3n de las directrices de la pol\u00edtica de salud, la salud p\u00fablica, la planificaci\u00f3n sanitaria, la garant\u00eda de la cobertura y aseguramiento de los ciudadanos, la financiaci\u00f3n sanitaria, la ordenaci\u00f3n farmac\u00e9utica y la pol\u00edtica de conciertos con otras entidades sanitarias.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Junto a \u00e9stas, ejerce la direcci\u00f3n y coordinaci\u00f3n de las actividades, servicios y recursos del conjunto del Sistema Sanitario P\u00fablico de Andaluc\u00eda, garantizando as\u00ed la integridad de las actuaciones y la integraci\u00f3n del Sistema Sanitario, bajo directrices de pol\u00edtica sanitaria comunes.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En la actualidad est\u00e1n adscritos a la Consejer\u00eda de Salud, el Servicio Andaluz de Salud, la Empresa P\u00fablica de Emergencias Sanitarias, la Agencia P\u00fablica Empresarial Sanitaria Costa del Sol\u00a0y la Agencia de Evaluaci\u00f3n de Tecnolog\u00edas Sanitarias de Andaluc\u00eda.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Junto a \u00e9stas, existen otras entidades p\u00fablicas, de las que m\u00e1s adelante daremos m\u00e1s detalles, dependientes de la Junta de Andaluc\u00eda y adscritas a la Consejer\u00eda de Salud, cuya finalidad no es la prestaci\u00f3n directa de servicios sanitarios, sino que est\u00e1n especializadas en otros \u00e1mbitos funcionales que son competencia completa o compartida por la Consejer\u00eda.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Se trata de: la Escuela Andaluza de Salud P\u00fablica; la Fundaci\u00f3n Progreso y Salud; la Fundaci\u00f3n Andaluza para la Integraci\u00f3n Social del Enfermo Mental, la Fundaci\u00f3n Agencia de Calidad Sanitaria de Andaluc\u00eda, e IAVANTE.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Como \u00f3rgano de participaci\u00f3n social de \u00e1mbito regional la Consejer\u00eda de Salud dispone del Consejo Andaluz de Salud. En este \u00f3rgano colegiado se encuentran representadas las Organizaciones sociales y empresariales de Andaluc\u00eda, los Municipios y Provincias, los Colegios Profesionales y las Organizaciones de consumidores y usuarios de Andaluc\u00eda. Su regulaci\u00f3n est\u00e1 contenida en la Ley 2\/1998 de 15 de Junio de Salud de Andaluc\u00eda, y su desarrollo normativo se contiene en el Decreto 109\/1993.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Como \u00f3rgano de asesoramiento directo a la Consejera de Salud, existe el Consejo Asesor de Salud de Andaluc\u00eda, creado por Decreto 121\/1997 de 22 de Abril, cuya misi\u00f3n es asesorar a la Consejera en las implicaciones sociales, econ\u00f3micas, \u00e9ticas, cient\u00edficas, y jur\u00eddicas de todos los aspectos relacionados con la sanidad andaluza, estando formado por profesionales de reconocido prestigio en estas \u00e1reas y con amplia experiencia personal y profesional.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El Sistema Sanitario P\u00fablico de Andaluc\u00eda constituye no solo una amplia red de servicios a la poblaci\u00f3n, sino tambi\u00e9n un factor generador de riqueza que contribuye al crecimiento econ\u00f3mico y al empleo en Andaluc\u00eda, manteniendo, a la vez, uno de los pilares b\u00e1sicos de nuestro Estado de Bienestar como elemento de solidaridad y cohesi\u00f3n en nuestra sociedad.<\/p>\n<ol style=\"text-align: justify;\" start=\"4\">\n<li>EL SISTEMA SANITARIO P\u00daBLICO DE ANDALUC\u00cdA.<\/li>\n<\/ol>\n<p style=\"text-align: justify;\">El Sistema Sanitario P\u00fablico de Andaluc\u00eda es una organizaci\u00f3n integrada por 92.711 profesionales (media anual) para atender su red asistencial: 24.359 en atenci\u00f3n primaria y 68.352 atenci\u00f3n hospitalaria (\u00faltimas cifras disponibles del a\u00f1o 2013). El presupuesto sanitario 2015 de la Comunidad Aut\u00f3noma de Andaluc\u00eda asciende a 7.763.892 miles de euros, que podemos desglosar de la siguiente manera:<\/p>\n<ul style=\"text-align: justify;\">\n<li>Cap\u00edtulo I\u00a0(4.013.467 miles de euros)<\/li>\n<\/ul>\n<p style=\"text-align: justify;\">Gastos en retribuciones y Seguridad Social del personal.<\/p>\n<ul style=\"text-align: justify;\">\n<li>Cap\u00edtulo II\u00a0(1.961.158 miles de euros)<\/li>\n<\/ul>\n<p style=\"text-align: justify;\">Suministros y servicios que se consumen por el normal funcionamiento de los centros sanitarios, entre otros:<\/p>\n<ul style=\"text-align: justify;\">\n<li>Medicamentos y otros materiales sanitarios utilizados en los centros.<\/li>\n<li>Gastos de infraestructura de funcionamiento (agua, tel\u00e9fono, electricidad, combustible).<\/li>\n<li>Gastos de arrendamiento de maquinaria electrom\u00e9dica y de locales para centros de atenci\u00f3n primaria as\u00ed como el mantenimiento de todos los centros.<\/li>\n<li>Gastos en seguridad, lavander\u00eda, productos alimenticios, material de oficina.<\/li>\n<\/ul>\n<p><!--nextpage--><\/p>\n<ul style=\"text-align: justify;\">\n<li>Transporte sanitario y conciertos para asistencia con otras entidades sanitarias.<\/li>\n<\/ul>\n<ul style=\"text-align: justify;\">\n<li>Cap\u00edtulo III\u00a0(40.582 miles de euros).<\/li>\n<\/ul>\n<p style=\"text-align: justify;\">Gastos financieros. Gastos propios de los costes financieros derivados de negocios jur\u00eddicos celebrados por el Servicio Andaluz de Salud.<\/p>\n<ul style=\"text-align: justify;\">\n<li>Cap\u00edtulo IV\u00a0(1.658.316 miles de euros)<\/li>\n<\/ul>\n<p style=\"text-align: justify;\">Gastos de recetas m\u00e9dicas, pr\u00f3tesis y ortopedia. Convenios de colaboraci\u00f3n con Agencias Sanitarias, Universidades y Sociedades Cient\u00edficas.<\/p>\n<ul style=\"text-align: justify;\">\n<li>Cap\u00edtulo VI y VII\u00a0(90.367 miles de euros)<\/li>\n<\/ul>\n<p style=\"text-align: justify;\">Gasto en inversiones (construcci\u00f3n de centros sanitarios, equipamientos).<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Convenios con ayuntamientos para la construcci\u00f3n y el equipamiento de centros sanitarios<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En la actualidad (2015) tiene una red de 1.518 centros de atenci\u00f3n primaria y 27 hospitales, distribuidos por toda la geograf\u00eda andaluza. Asimismo se hace cargo funcionalmente de los centros pertenecientes a Agencias P\u00fablicas Empresariales Sanitarias y del Consorcio Sanitario P\u00fablico del Aljarafe. La atenci\u00f3n sanitaria prestada por el Sistema Sanitario P\u00fablico de Andaluc\u00eda a la poblaci\u00f3n con derecho a cobertura sanitaria p\u00fablica es llevada a cabo por el Servicio Andaluz de Salud, como principal proveedor, las Empresas P\u00fablicas Sanitarias adscritas a la Consejer\u00eda de Salud y los Centros Concertados por la misma.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Los objetivos primordiales del Sistema Sanitario P\u00fablico de Andaluc\u00eda son:<\/p>\n<ul style=\"text-align: justify;\">\n<li>Contribuir sustancialmente a mejorar la salud y el bienestar de toda la poblaci\u00f3n.<\/li>\n<li>Proporcionar la mejor atenci\u00f3n sanitaria a toda la poblaci\u00f3n.<\/li>\n<li>Asegurar el valor de los recursos; y<\/li>\n<li>Generar y gestionar el conocimiento.<\/li>\n<\/ul>\n<p style=\"text-align: justify;\">La actuaci\u00f3n organizativa del Sistema Sanitario P\u00fablico de Andaluc\u00eda se rige seg\u00fan los siguientes elementos imprescindibles: Universalidad, Equidad, Sostenibilidad, Transparencia, Innovaci\u00f3n, Enfoque preventivo y de promoci\u00f3n, Compromiso con la calidad, Accesibilidad, Satisfacci\u00f3n ciudadana, Personalizaci\u00f3n, Participaci\u00f3n, Trabajo en equipo, Reconocimiento profesional, Corresponsabilidad y Servicio p\u00fablico, prestando con todos ellos, unos servicios de cobertura universal, que se universaliz\u00f3 en su derecho de acceso a la asistencia sanitaria universal por la reciente Ley 33\/2011, general de Salud P\u00fablica, prestando unos servicios de provisi\u00f3n gratuita en el momento de acceso, que se financian por impuestos generales.<\/p>\n<ol style=\"text-align: justify;\" start=\"5\">\n<li>EL SERVICIO ANDALUZ DE SALUD.<\/li>\n<\/ol>\n<p style=\"text-align: justify;\">El Servicio Andaluz de Salud dispone de una red de servicios asistenciales integrada y organizada para garantizar la accesibilidad de la poblaci\u00f3n y la equidad en la distribuci\u00f3n de recursos, agrupada en las siguientes estructuras de gesti\u00f3n: distritos de atenci\u00f3n primaria, hospitales, \u00e1reas de gesti\u00f3n sanitaria y centros de transfusi\u00f3n sangu\u00ednea.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El Servicio Andaluz de Salud es un organismo aut\u00f3nomo de car\u00e1cter administrativo de la Junta de Andaluc\u00eda adscrito a la Consejer\u00eda de Salud. Se rige por la presente Ley de Salud y dem\u00e1s disposiciones que la desarrollen, por la Ley 5\/1983, de 19 de julio, de la Hacienda P\u00fablica de Andaluc\u00eda, y por las dem\u00e1s disposiciones que le resulten de aplicaci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El Servicio Andaluz de Salud, bajo la supervisi\u00f3n y control de la Consejer\u00eda de Salud, desarrolla las siguientes funciones:<\/p>\n<ul style=\"text-align: justify;\">\n<li>Gesti\u00f3n y administraci\u00f3n de los centros y de los servicios sanitarios adscritos al mismo, y que operen bajo su dependencia org\u00e1nica y funcional.<\/li>\n<li>Prestaci\u00f3n de asistencia sanitaria en sus centros y servicios sanitarios.<\/li>\n<li>Gesti\u00f3n de los recursos humanos, materiales y financieros que le est\u00e9n asignados para el desarrollo de las funciones que le est\u00e1n encomendadas.<\/li>\n<li>Aquellas que se le atribuyan reglamentariamente.<\/li>\n<\/ul>\n<p style=\"text-align: justify;\">El Servicio Andaluz de Salud puede considerarse como una de las organizaciones m\u00e1s importantes de Andaluc\u00eda, tanto por el volumen de recursos que maneja como por el n\u00famero de personas que en ella trabajan. Su objetivo es prestar servicios sanitarios p\u00fablicos, contribuyendo con ello tanto a mantener y mejorar la salud de los ciudadanos y ciudadanas andaluces, como a colaborar en el desarrollo social y econ\u00f3mico de Andaluc\u00eda mediante el impulso de pol\u00edticas de empleo y de innovaci\u00f3n tecnol\u00f3gica y organizativa.<\/p>\n<ol style=\"text-align: justify;\" start=\"6\">\n<li>ESTRUCTURA GENERAL DEL SISTEMA P\u00daBLICO DE ANDALUC\u00cdA.<\/li>\n<\/ol>\n<p style=\"text-align: justify;\">El Sistema Sanitario P\u00fablico de Andaluc\u00eda se organiza en dos entornos o niveles asistenciales (de manera similar al modelo del Sistema Nacional de Salud):<\/p>\n<ul style=\"text-align: justify;\">\n<li>Atenci\u00f3n primaria y<\/li>\n<li>Atenci\u00f3n Especializada.<\/li>\n<\/ul>\n<p style=\"text-align: justify;\">6.1. ATENCI\u00d3N PRIMARIA DE SALUD.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La OMS define la Atenci\u00f3n Primaria de Salud como:<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La asistencia sanitaria esencial accesible a todos los individuos y familias de la comunidad a trav\u00e9s de medios aceptables para ellos, con su plena participaci\u00f3n y a un costo asequible para la comunidad y el pa\u00eds.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Es el n\u00facleo del sistema de salud del pa\u00eds y forma parte integral del desarrollo socioecon\u00f3mico general de la comunidad, representando el primer nivel de atenci\u00f3n e integra la asistencia preventiva, curativa, rehabilitadora y la promoci\u00f3n de la salud de los ciudadanos. Se organizan de acuerdo al Decreto 197\/2007, de 3 de julio, por el que se regula la estructura, organizaci\u00f3n y funcionamiento de los servicios de atenci\u00f3n primaria de salud en el \u00e1mbito del Servicio Andaluz de Salud, BOJA n\u00ba 140, de 17 de julio de 2007. Est\u00e1n organizados en distritos de atenci\u00f3n primaria, integrados a su vez por<\/p>\n<p><!--nextpage--><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">demarcaciones territoriales denominadas zonas b\u00e1sicas de salud.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Existen 14\u00a0\u00c1reas de Gesti\u00f3n Sanitaria. Modelo de organizaci\u00f3n de gesti\u00f3n unitaria de los niveles de Atenci\u00f3n Primaria y de Hospitalaria, en una demarcaci\u00f3n territorial espec\u00edfica.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Los distritos de atenci\u00f3n primaria, constituyen las estructuras organizativas para la planificaci\u00f3n operativa, direcci\u00f3n, gesti\u00f3n y administraci\u00f3n en el \u00e1mbito de la atenci\u00f3n primaria, con funciones de organizaci\u00f3n de las actividades de asistencia sanitaria, promoci\u00f3n de la salud, prevenci\u00f3n de la enfermedad, cuidados para la recuperaci\u00f3n de la salud, gesti\u00f3n de los riesgos ambientales y alimentarios para la salud, as\u00ed como la formaci\u00f3n la docencia e investigaci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En cada zona b\u00e1sica de salud se ubican los centros de atenci\u00f3n primaria, en los que se presta la asistencia sanitaria de atenci\u00f3n primaria a la ciudadan\u00eda. La zona b\u00e1sica de salud es el marco territorial para la prestaci\u00f3n de la atenci\u00f3n primaria de salud, de acceso directo de la poblaci\u00f3n, en la que se proporciona una asistencia sanitaria b\u00e1sica e integral. En su delimitaci\u00f3n se tienen en cuenta: las distancias m\u00e1ximas de las agrupaciones de poblaci\u00f3n m\u00e1s alejadas de los servicios y el tiempo normal a invertir en su recorrido usando los medios ordinarios, as\u00ed como criterios demogr\u00e1ficos, geogr\u00e1ficos, sociales y epidemiol\u00f3gicos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La zona b\u00e1sica de salud es el marco territorial de la atenci\u00f3n primaria de salud donde desarrollan las actividades sanitarias los Centros de Salud, que son los lugares de trabajo los equipos de atenci\u00f3n primaria y est\u00e1n dotados de los medios personales y materiales necesarios para atender a la poblaci\u00f3n. Cada \u00c1rea de Salud estar\u00e1 vinculada o dispondr\u00e1, al menos, de un hospital general, con los servicios que aconseje la poblaci\u00f3n a asistir, la estructura de \u00e9sta y los problemas de salud.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Existen 1.518 centros sanitarios de atenci\u00f3n primaria (centros de salud, consultorios locales y consultorios auxiliares), de manera que todos los andaluces cuentan con uno de ellos a pocos minutos de su domicilio en transporte est\u00e1ndar. Adem\u00e1s existen 369 Unidades de Cuidados Cr\u00edticos y Urgencias de Atenci\u00f3n Primaria, junto con 120 Equipos M\u00f3viles para atenci\u00f3n de urgencias.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Las caracter\u00edsticas que definen la atenci\u00f3n primaria son:<\/p>\n<ul style=\"text-align: justify;\">\n<li>Accesibilidad: los pacientes reciben una atenci\u00f3n r\u00e1pida, oportuna, proporcionada y adecuada a sus necesidades de salud. La accesibilidad es fundamental para garantizar la equidad del sistema sanitario.<\/li>\n<li>Continuidad: la atenci\u00f3n de los pacientes es a lo largo de su vida, en sus distintos \u00e1mbitos, ya sea en domicilio, en la escuela, o en el trabajo. Y en cualquier situaci\u00f3n asistencial: a demanda, programada, urgente o seguimiento hospitalario.<\/li>\n<li>Integralidad: valorando a la persona desde una perspectiva biopsicosocial. Las actividades de promoci\u00f3n, prevenci\u00f3n, tratamiento, rehabilitaci\u00f3n y reinserci\u00f3n social han de formar parte de las actuaciones desarrolladas por la atenci\u00f3n primaria. As\u00ed como la atenci\u00f3n individual, familiar y comunitaria.<\/li>\n<li>Coordinaci\u00f3n: basada en el trabajo en equipo de profesionales sanitarios y no sanitarios, que permita que la informaci\u00f3n de cada paciente o familia est\u00e9 accesible a las necesidades organizativas y asistenciales de todos los servicios de salud que la necesiten<\/li>\n<li>Enfoque cl\u00ednico asistencial, docente e investigador: el equipo de atenci\u00f3n primaria da respuesta a las demandas asistenciales de la poblaci\u00f3n, la organizaci\u00f3n de las actividades se planifica y eval\u00faa. Adem\u00e1s incorpora la docencia y la investigaci\u00f3n como m\u00e9todos de mejora profesional y crecimiento.<\/li>\n<\/ul>\n<p style=\"text-align: justify;\">La atenci\u00f3n primaria de salud es llevada a cabo por los Equipos de Atenci\u00f3n Primaria formados por profesionales sanitarios y no sanitarios. Su n\u00facleo b\u00e1sico lo forman: m\u00e9dicos de familia, personal de Enfermer\u00eda, trabajadores sociales y t\u00e9cnicos no sanitarios.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Las funciones y actividades del equipo de atenci\u00f3n primaria son:<\/p>\n<ul style=\"text-align: justify;\">\n<li>Asistencia a las demandas de salud de la poblaci\u00f3n.<\/li>\n<li>Promoci\u00f3n de la salud: a trav\u00e9s de la educaci\u00f3n sanitaria individual y colectiva.<\/li>\n<li>Prevenci\u00f3n de la enfermedad: en grupos de riesgo.<\/li>\n<li>Rehabilitaci\u00f3n: en procesos agudos y cr\u00f3nicos.<\/li>\n<li>Funcionamiento interno y soporte: docencia e investigaci\u00f3n, formaci\u00f3n continuada, organizaci\u00f3n interna, gesti\u00f3n y pol\u00edtica de calidad y evaluaci\u00f3n.<\/li>\n<\/ul>\n<p style=\"text-align: justify;\">Actualmente cada m\u00e9dico de familia tiene adscrito un cupo de pacientes que es el listado de los que tiene la obligaci\u00f3n de atender en su consulta. La organizaci\u00f3n de Enfermer\u00eda tambi\u00e9n suele estar organizada por cupos, lo m\u00e1s habitual es que cada cupo de pacientes sea atendido por el mismo m\u00e9dico y la misma enfermera. La suma total de los pacientes correspondientes a todos los cupos es lo que forma la poblaci\u00f3n a atender por ese equipo y ese centro de salud.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La cartera de servicios de Atenci\u00f3n Primaria se encuentra conformada por 68 servicios que comprenden desde la atenci\u00f3n de primer nivel, a situaciones de emergencia sanitaria hasta el seguimiento programado de procesos normales de salud para prevenir y detectar precozmente posibles enfermedades (seguimiento de embarazo, puerperio, salud infantil o salud escolar), incluyendo todas las actividades de diagn\u00f3stico, seguimiento y tratamiento propias de este nivel de atenci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Adem\u00e1s se realizan intervenciones dirigidas a prevenir activamente la aparici\u00f3n de enfermedades (vacunaciones infantiles, de escolares o de adultos) y promover la salud en colectivos con posibles riesgos (orientaci\u00f3n sexual a j\u00f3venes y adolescente, dispensaci\u00f3n de metadona, educaci\u00f3n para la salud en la escuela, etc.), aplicando estrategias de riesgo y nuevas tecnolog\u00edas accesibles. En este \u00e1mbito la vigilancia epidemiol\u00f3gica es un instrumento incorporado al trabajo diario mediante el que se detectan y<\/p>\n<p><!--nextpage--><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">controlan precozmente posibles situaciones de alerta.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En la actualidad, el 95% de los profesionales del sistema sanitario p\u00fablico de Andaluc\u00eda trabaja bajo el modelo de Unidad de Gesti\u00f3n Cl\u00ednica, que es la estructura organizativa en la que se materializa la Gesti\u00f3n Cl\u00ednica en todos los centros sanitarios del Sistema Sanitario P\u00fablico de Andaluc\u00eda. Es el entorno donde el equipo multidisciplinar, aborda de manera integrada actuaciones de prevenci\u00f3n, promoci\u00f3n, asistencia, cuidados y rehabilitaci\u00f3n a la persona y familia, poniendo el \u00e9nfasis en la efectividad de la pr\u00e1ctica cl\u00ednica, el fomento del liderazgo cl\u00ednico, la incorporaci\u00f3n de la opini\u00f3n de la ciudadan\u00eda, la eficiencia en la utilizaci\u00f3n de recursos, la transparencia, el impulso de la investigaci\u00f3n y el desarrollo de procesos asistenciales integrados.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La\u00a0Gesti\u00f3n Cl\u00ednica\u00a0en el Sistema Sanitario P\u00fablico de Andaluc\u00eda se configura como un modelo organizativo centrado en la persona, basada en una red distribuida de espacios organizativos de \u00e1mbito multiprofesional, que permite dotar a los profesionales de mayor autonom\u00eda organizativa y responsabilidad en la gesti\u00f3n de los recursos. El objetivo fundamental de la Gesti\u00f3n Cl\u00ednica se centra en prestar una atenci\u00f3n sanitaria integral y de alta calidad, en espacios compartidos que cuentan con la participaci\u00f3n efectiva de los ciudadanos y en los que los profesionales sanitarios se integran en equipos multidisciplinares, en el seno de uno o varios centros asistenciales, enlazando las necesidades de salud de la ciudadan\u00eda y las expectativas leg\u00edtimas de los profesionales.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En las Unidades de Gesti\u00f3n Cl\u00ednica la actividad se desarrolla de acuerdo a diferentes objetivos, entre los que destacan: fomentar la implicaci\u00f3n de los profesionales sanitarios en la gesti\u00f3n de los centros, reforzar la continuidad asistencial entre ambos niveles de atenci\u00f3n, mejorar la organizaci\u00f3n del trabajo y elevar la satisfacci\u00f3n de los pacientes.<\/p>\n<ul style=\"text-align: justify;\">\n<li>ATENCI\u00d3N ESPECIALIZADA.<\/li>\n<\/ul>\n<p style=\"text-align: justify;\">La atenci\u00f3n especializada se presta en centros de especialidades y en los hospitales y representa el segundo nivel de atenci\u00f3n definido en la Ley 2\/1998, de Salud de Andaluc\u00eda, ofreciendo a la poblaci\u00f3n, los medios t\u00e9cnicos y humanos de diagn\u00f3stico, tratamiento y rehabilitaci\u00f3n adecuados que, por su especializaci\u00f3n o caracter\u00edsticas, no pueden resolverse en el nivel de atenci\u00f3n primaria.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En coordinaci\u00f3n con el nivel primario, los hospitales y sus correspondientes centros de especialidades, constituyen la estructura sanitaria responsable de la atenci\u00f3n especializada programada y urgente, tanto en r\u00e9gimen de internamiento como ambulatorio y domiciliario, desarrollando adem\u00e1s funciones de promoci\u00f3n de la salud, prevenci\u00f3n de la enfermedad, asistencia curativa y rehabilitadora, as\u00ed como docencia e investigaci\u00f3n, en coordinaci\u00f3n con el nivel de atenci\u00f3n primaria.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El Servicio Andaluz de Salud cuenta con 27 centros hospitalarios (10 de ellos, se encuentran integrados en las correspondientes \u00c1reas de Gesti\u00f3n Sanitaria), distribuidos por toda la geograf\u00eda andaluza. Los restantes 19 hospitales p\u00fablicos del Sistema Sanitario P\u00fablico de Andaluc\u00eda son cuatro centros hospitalarios gestionados por Empresas P\u00fablicas (H. Costa del Sol, H. Poniente, H. Montilla, H. And\u00fajar); una red de Centros Hospitalarios de Alta Resoluci\u00f3n (13 centros en 2011\u00a0), en los que se realiza cirug\u00eda mayor ambulatoria, con aplicaci\u00f3n de t\u00e9cnicas poco invasivas, y consultas por acto \u00fanico que posibilitan que en una misma visita se le practiquen al paciente las pruebas necesarias y se le prescriba el tratamiento adecuado; un hospital psiqui\u00e1trico penitenciario; y un hospital Consorcio Sanitario P\u00fablico (H. Bormujos &#8211; Aljarafe). A ello habr\u00eda que a\u00f1adir, adem\u00e1s, los recursos ligados a los conciertos suscritos por la Consejer\u00eda de Salud con 17 centros hospitalarios concertados, pertenecientes a distintas entidades privadas, para determinados servicios especializados, de car\u00e1cter complementario a los servicios prestados por los centros hospitalarios de titularidad p\u00fablica.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Los servicios que se prestan desde Atenci\u00f3n Especializada (Hospitales) se engloban en cuatro grandes apartados: Servicios Cl\u00ednicos, Unidades Jerarquizadas, Procedimientos Diagn\u00f3sticos y Terap\u00e9uticos, y Procedimientos Terap\u00e9uticos Quir\u00fargicos, que engloban toda la actividad hospitalaria.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Los hospitales p\u00fablicos de Andaluc\u00eda est\u00e1n divididos en cuatro categor\u00edas:<\/p>\n<ul style=\"text-align: justify;\">\n<li>Hospitales regionales: son los hospitales de mayor rango y sirven a toda la poblaci\u00f3n de la comunidad aut\u00f3noma. Ofrecen todas las especialidades de la sanidad p\u00fablica.<\/li>\n<li>Hospitales de especialidades: dan servicio a la provincia en la que est\u00e1n situados. Disponen de un mayor n\u00famero de especialidades que un hospital comarcal.<\/li>\n<li>Hospitales comarcales: prestan servicio a los n\u00facleos de poblaci\u00f3n cercanos, como m\u00e1ximo a una hora de distancia. Proporcionan las especialidades hospitalarias b\u00e1sicas.<\/li>\n<li>Centros hospitalarios de alta resoluci\u00f3n (CHARE): son peque\u00f1os hospitales en los que la consulta y el tratamiento se realizan en la misma visita, reduciendo tiempos de estancia.<\/li>\n<\/ul>\n<p style=\"text-align: justify;\">6.3. ORGANIZACIONES ESPEC\u00cdFICAS.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Existen algunas organizaciones espec\u00edficas para la gesti\u00f3n de determinados servicios, que, aunque forman parte del Sistema Sanitario P\u00fablico de Andaluc\u00eda, las analizaremos aparte, dadas sus peculiaridades. Las dividiremos, seg\u00fan presten o no asistencia a los usuarios, en entidades de car\u00e1cter asistencial o no asistenciales.<\/p>\n<ul style=\"text-align: justify;\">\n<li>ENTIDADES ASISTENCIALES DEL SISTEMA SANITARIO P\u00daBLICO DE ANDALUC\u00cdA:<\/li>\n<\/ul>\n<p style=\"text-align: justify;\">6.3.1.1. CENTROS REGIONALES DE TRANSFUSI\u00d3N SANGU\u00cdNEA.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Existe uno por provincia y son las estructuras encargadas de la obtenci\u00f3n, procesamiento y suministro de unidades de sangre y derivados sangu\u00edneos para la<\/p>\n<p><!--nextpage--><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">cobertura de las necesidades de transfusi\u00f3n de los hospitales andaluces. Como tal, es responsable del suministro de sangre y derivados sangu\u00edneos de todos los hospitales p\u00fablicos y privados de la Comunidad Aut\u00f3noma. Adem\u00e1s, los centros de transfusi\u00f3n constituyen (desde 1997), Bancos Sectoriales de Tejidos, encargados del estudio, preparaci\u00f3n y conservaci\u00f3n de los tejidos, tras su extracci\u00f3n y para posterior implante en los hospitales.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">6.3.1.2. SALUD RESPONDE.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Es un Centro de Informaci\u00f3n y Servicios de la Consejer\u00eda de Salud, de acceso multicanal al Sistema Sanitario P\u00fablico de Andaluc\u00eda, en funcionamiento desde 2003. Est\u00e1 gestionado por la Empresa P\u00fablica de Emergencias Sanitarias y el Servicio Andaluz de Salud, dise\u00f1ado para satisfacer las necesidades de informaci\u00f3n y servicios de ciudadanos y profesionales sanitarios y disponible las 24 horas de todos los d\u00edas del a\u00f1o en un tel\u00e9fono \u00fanico centralizado. Entre su cartera de servicios destaca la gesti\u00f3n y asignaci\u00f3n online de citas m\u00e9dicas de atenci\u00f3n primaria.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">6.3.1.3. EMPRESA P\u00daBLICA DE EMERGENCIAS SANITARIAS.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La asistencia a las emergencias sanitarias en toda la Comunidad Aut\u00f3noma andaluza es realizada por la Empresa P\u00fablica de Emergencias Sanitarias. Cuenta con recursos en cada una de las fases del proceso asistencial; desde la recepci\u00f3n de la llamada hasta el traslado el hospital de referencia, si procede. Cuenta adem\u00e1s con 8 centros coordinadores, 30 equipos de emergencia terrestres (UVI M\u00f3vil), 5 equipos de emergencia a\u00e9reos, 5 Equipos de Coordinaci\u00f3n Avanzada y una unidad de Soporte Vital B\u00e1sico. Las solicitudes de asistencia se canalizan mayoritariamente a trav\u00e9s del servicio 061 y el tel\u00e9fono de urgencias sanitarias.<\/p>\n<ul style=\"text-align: justify;\">\n<li>ENTIDADES NO ASISTENCIALES DEL SISTEMA SANITARIO P\u00daBLICO DE ANDALUC\u00cdA:<\/li>\n<\/ul>\n<p style=\"text-align: justify;\">6.3.2.1. <strong>AGENCIA DE CALIDAD SANITARIA DE ANDALUC\u00cdA (ACSA).<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Bajo la forma jur\u00eddica de Fundaci\u00f3n, esta Agencia p\u00fablica se responsabiliza de los procesos de acreditaci\u00f3n y de la evaluaci\u00f3n de tecnolog\u00edas sanitarias, con la finalidad de garantizar la calidad y mejora continuada de los servicios andaluces de salud. Sus objetivos fundamentales son incrementar la confianza de los ciudadanos en el Sistema Sanitario P\u00fablico de Andaluc\u00eda y promover la mejora continua de los servicios que prestan las instituciones y profesionales sanitarios del SSPA. Para conseguir esta finalidad, la ACSA se erige como la entidad certificadora de los programas de acreditaci\u00f3n de centros y unidades sanitarias, de competencias profesionales, de formaci\u00f3n continuada y de p\u00e1ginas web, buscando siempre la excelencia en la atenci\u00f3n sanitaria y favoreciendo una cultura de la mejora continua en el Sistema Sanitario Andaluz.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">6.3.2.2. <strong>AGENCIA DE EVALUACI\u00d3N DE TECNOLOG\u00cdAS SANITARIAS DE ANDALUC\u00cdA.<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Creada en 1996 con el objeto de unificar y potenciar los recursos dedicados por la administraci\u00f3n Sanitaria de la Junta de Andaluc\u00eda a la investigaci\u00f3n y al an\u00e1lisis de las tecnolog\u00edas sanitarias, a fin de facilitar el establecimiento de prioridades en su utilizaci\u00f3n, con base en su valoraci\u00f3n cl\u00ednica, \u00e9tica, econ\u00f3mica y social, est\u00e1 integrada en la estructura de la Consejer\u00eda de Salud de la Junta de Andaluc\u00eda y dispone de un Comit\u00e9 Asesor Cient\u00edfico compuesto por especialistas en diversas disciplinas cl\u00ednicas y \u00e1reas relacionadas. Entre sus acciones m\u00e1s relevantes, est\u00e1n la elaboraci\u00f3n de informes de evaluaci\u00f3n, la realizaci\u00f3n de estudios de variabilidad en la pr\u00e1ctica cl\u00ednica y el proporcionar apoyo y respaldo cient\u00edfico al desarrollo de los procesos asistenciales y a las iniciativas de evaluaci\u00f3n tecnol\u00f3gica del Sistema Sanitario P\u00fablico de Andaluc\u00eda.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">6.3.2.3. <strong>ESCUELA ANDALUZA DE SALUD P\u00daBLICA (EASP)<\/strong><strong>.<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La Escuela Andaluza de Salud P\u00fablica, bajo la forma de Empresa P\u00fablica y dependiente de la Consejer\u00eda de Salud, es un organismo que se responsabiliza de la docencia e investigaci\u00f3n en materia de Salud P\u00fablica y Gesti\u00f3n Sanitaria de Andaluc\u00eda, adem\u00e1s de desarrollar funciones de Asesor\u00eda y gesti\u00f3n directa de proyectos de Cooperaci\u00f3n Internacional. Con sede en Granada, su cartera de servicios abarca no solo la Comunidad Aut\u00f3noma, sino que presta servicios a Instituciones de todo el Estado. Ofrece acciones formativas en diferentes formatos, desde actividades residenciales en su sede hasta actividades concertables dise\u00f1adas a medida, tanto en los contenidos como el lugar de celebraci\u00f3n. Otras \u00e1reas que desarrolla son las de investigaci\u00f3n, cooperaci\u00f3n y consultor\u00eda.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">6.3.2.4. <strong>IAVANTE.<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La Fundaci\u00f3n IAVANTE con sede en el Complejo Multifuncional Avanzado de Simulaci\u00f3n e Innovaci\u00f3n Tecnol\u00f3gica, es una organizaci\u00f3n dependiente tambi\u00e9n de la Consejer\u00eda de Salud de la Junta de Andaluc\u00eda, que tiene como misi\u00f3n facilitar y promover el desarrollo y entrenamiento integral de profesionales sanitarios a trav\u00e9s de las m\u00e1s innovadoras metodolog\u00edas did\u00e1cticas, entre las cuales se encuentra la simulaci\u00f3n cl\u00ednica; as\u00ed como, impulsar la investigaci\u00f3n e innovaci\u00f3n en nuevas tecnolog\u00edas de aplicaci\u00f3n en el sistema sanitario, especialmente las basadas en las tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y la comunicaci\u00f3n (TIC\u2019s).<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">6.3.2.5. <strong>FUNDACI\u00d3N PROGRESO Y SALUD<\/strong><strong>\u00a0<\/strong>(FPS).<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Dependiente de la Consejer\u00eda de Salud de la Junta de Andaluc\u00eda, es la entidad central de apoyo y gesti\u00f3n de la investigaci\u00f3n del Sistema Sanitario P\u00fablico de Andaluc\u00eda. Se encarga de impulsar de forma efectiva la investigaci\u00f3n e innovaci\u00f3n en Salud en Andaluc\u00eda. La articulaci\u00f3n de la investigaci\u00f3n biom\u00e9dica en el Sistema Sanitario P\u00fablico andaluz confiere a la FPS -en coordinaci\u00f3n con las estructuras locales existentes- un papel facilitador, de apoyo, soporte, y puesta en com\u00fan de servicios a los centros y<\/p>\n<p><!--nextpage--><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">grupos de investigaci\u00f3n a lo largo de todo el proceso cient\u00edfico: desde el desarrollo de los recursos necesarios (infraestructuras, financiaci\u00f3n, desarrollo y movilidad del talento\u2026) a la puesta en marcha y realizaci\u00f3n efectiva de la producci\u00f3n cient\u00edfica (en metodolog\u00eda, gesti\u00f3n, etc.), hasta la transferencia de los resultados de las investigaciones a la industria y, tras ella, a la sociedad.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">6.3.2.6. FUNDACI\u00d3N ANDALUZA PARA LA INTEGRACI\u00d3N SOCIAL DEL ENFERMO MENTAL.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Creada en 1993, es una entidad p\u00fablica que, bajo la forma jur\u00eddica de fundaci\u00f3n, asume las competencias compartidas por diferentes departamentos de la Junta en cuanto a la integraci\u00f3n sociolaboral y residencial de los enfermos psiqui\u00e1tricos cr\u00f3nicos, en \u00edntima coordinaci\u00f3n con los servicios de Salud Mental del Servicio Andaluz de Salud, con la finalidad de ofrecer una vida digna y socialmente integrada a estos pacientes. Su patronato est\u00e1 formado por la Consejer\u00eda de Salud (que lo preside), la Consejer\u00eda de Empleo, la Consejer\u00eda para la Igualdad y Bienestar Social y la Consejer\u00eda de Econom\u00eda y Hacienda de la Junta de Andaluc\u00eda.<\/p>\n<p>BIBLIOGRAF\u00cdA.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">1. Servicio Andaluz de Salud. Plan de Calidad. El Servicio Andaluz de Salud, un servicio sanitario p\u00fablico. Sevilla. Servicio Andaluz de Salud. Consejer\u00eda de Salud. Junta de Andaluc\u00eda.[Publicaci\u00f3n en Internet] 2015 [acceso 18 de junio de 2015]; Disponible en: http:\/\/www.juntadeandalucia.es\/servicioandaluzdesalud\/principal\/documentosAcc.asp?pagina=gr_conocerelSAS<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">2. Servicio Andaluz de Salud. Plan de Calidad. Sistema Sanitario P\u00fablico de Andaluc\u00eda 2010-2014. Sevilla. Servicio Andaluz de Salud. Consejer\u00eda de Salud. Junta de Andaluc\u00eda.[Publicaci\u00f3n en Internet] 2010 [acceso 18 de junio de 2015]; Disponible en: http:\/\/www.juntadeandalucia.es\/salud\/export\/sites\/csalud\/galerias\/documentos\/c_1_c_6_planes_estrategias\/plan_calidad_2010\/plan_calidad_2010.pdf<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">3. Servicio Andaluz de Salud. Resultados y Calidad del Sistema Sanitario P\u00fablico de Andaluc\u00eda. Edici\u00f3n 2012. Sevilla. Servicio Andaluz de Salud. Consejer\u00eda de Salud. Junta de Andaluc\u00eda.[Publicaci\u00f3n en Internet] 2012 [acceso 29 de junio de 2015]; Disponible en: http:\/\/www.calidadsaludandalucia.com\/docs\/resultados_y_calidad_del_sistema_sanitario_publico_de_andalucia_2012.pdf<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">4. Servicio Andaluz de Salud. Plan Estrat\u00e9gico. Una propuesta de gesti\u00f3n p\u00fablica diferenciada. Sevilla. Servicio Andaluz de Salud. Consejer\u00eda de Salud. Junta de Andaluc\u00eda. [Publicaci\u00f3n en Internet] 2009 [acceso 18 de junio de 2015]; Disponible en: http:\/\/www.juntadeandalucia.es\/servicioandaluzdesalud\/library\/plantillas\/externa.asp?pag=..\/..\/publicaciones\/datos\/10\/pdf\/PlanSAS.pdf<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">5. Servicio Andaluz de Salud. Memoria 2005. Sevilla: Servicio Andaluz de Salud. Consejer\u00eda de Salud. Junta de Andaluc\u00eda. [Publicaci\u00f3n en Internet] 2005 [acceso 20 de junio de 2015]; Disponible en: https:\/\/ws027.juntadeandalucia.es\/library\/plantillas\/externa.asp?pag=..\/..\/publicaciones\/datos\/246\/pdf\/MemoriaSAS05.pdf<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">6. Ley 14\/1986, de 25 de abril, General de Sanidad. BOE 29-04-1986. (Actualizada a fecha 30-05-2003).<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">7. Ley 16\/2003, de 28 de mayo, de cohesi\u00f3n y calidad del Sistema Nacional de Salud. BOE 29-05-2003.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">8. OMS. Atenci\u00f3n Primaria de Salud. Conferencia Internacional de Alma-Ata.Ginebra.1978. [Publicaci\u00f3n en Internet] 1978 [acceso 20 de junio de 2015]; Disponible en: http:\/\/whqlibdoc.who.int\/publications\/9243541358.pdf<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">9. Sistema Nacional de Salud Espa\u00f1a 2010. [Publicaci\u00f3n en Internet] 2010 [acceso 18 de junio de 2015]; Disponible en: http:\/\/www.msssi.gob.es\/organizacion\/sns\/docs\/sns2010\/Principal.pdf<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Modelo organizativo y asistencial del Sistema Sanitario P\u00fablico Andaluz de Salud RESUMEN: La realidad sanitaria actual ha condicionado un nuevo modelo organizativo que establece la integraci\u00f3n de niveles asistenciales como eje principal del Plan de Calidad. 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