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Estrés laboral, exigencias laborales y posturas disergonómicas

Articulo 5, de la citada Ley, define el medio ambiente de trabajo, a los efectos de esta ley, como: a) los lugares, locales o sitios, cerrados o al aire libre, donde personas vinculadas por una relación de trabajo presten servicios a empresas, oficinas, explotaciones, establecimientos industriales, agropecuarios y especiales de cualquier naturaleza que sean, públicos o privados, con las excepciones que establece esta ley; b) las circunstancias de orden socio-cultural y de infraestructura física que de forma inmediata rodean la relación hombre-trabajo, condicionando la calidad de vida de los trabajadores y sus familias; y c) los terrenos situados alrededor de la empresa, explotación, establecimientos industriales o agropecuarios y que formen parte de los mismos. (16)

Según el Artículo 6 Parágrafo Uno: Ningún trabajador podrá ser expuesto a la acción de agentes físicos, condiciones ergonómicas, agentes químicos o biológicos de cualquier índole, sin ser advertido por escrito y por cualquier medio idóneo de la naturaleza de los mismos, de los daños que pudieran causar a la salud y aleccionado en los principios de su prevención. (16)

El artículo es claro en su señalamiento, donde los patronos están en la obligación de restituir y capacitar a los trabajadores con respecto a la prevención de accidentes y enfermedades profesionales así como también proveerlo de dispositivos personales de seguridad y protección para la salud.

Según describe el Artículo 28 de la Ley Orgánica de Prevención que se entiende por enfermedades profesionales a los efectos de esta Ley con estados patológicos contraídos con ocasión del trabajo o exposición al medio en que el trabajador se encuentre obligado a trabajar y aquellos estados patológicos imputables a la acción de agentes físicos, condiciones ergonómicas, meteorológicas, agentes químicos que se manifiesten por una lesión orgánica, trastornos funcionales o desequilibrio mental temporal y permanente contraído en el ambiente de trabajo que señale la reglamentación de la presente Ley. (16)

A los efectos de este artículo, se puede decir que ningún trabajador debe realizar su jornada de trabajo donde pueda contraer enfermedades ocupacionales temporales o definitivas que puedan lesionar su integridad física.

Conclusiones

En el área de bioseguridad es necesario el conocimiento e identificación de los riesgos ante los cuales están expuestos los trabajadores, por lo que la educación para la salud es un derecho que se encuentra recogido en numerosas organizaciones internacionales, como la Alma Ata, carta de Ottawa y OMS, que encaminan la promoción para la salud, por lo que se hace necesario recibir educación ante la presencia de un factor de riesgo (sinónimo de peligro), que pudiera llevar a lesionar a los trabajadores, en tal sentido lo que se busca es la adopción de conductas responsables

La salud y el trabajo son procesos múltiples y complejos, vinculados e influenciados entre sí. El trabajo aún en condiciones adversas es un mecanismo que permite el desarrollo de varias destrezas del ser humano, por lo que se puede afirmar siempre la existencia de un polo positivo del trabajo, generador de bienestar, en definitiva de salud.

Si bien más comúnmente se toman en cuenta solamente los aspectos negativos del trabajo sobre la salud de los trabajadores, por ejemplo los accidentes de trabajo, la gravedad de los mismos, las enfermedades ocupacionales, no se debe olvidar los aspectos positivos que conlleva el proceso de trabajo (identificación social y sentido de pertenencia).

Recomendaciones

–               Controlar los niveles de estrés causados por ciertos factores ambientales de manera que estos puedan impactar de forma positiva en el desempeño de los trabajadores

–               Disminuir en lo posible el estrés producido por algunos factores de la organización, a través de la implementación y el mejoramiento de los elementos como el clima organizacional en donde deben incluirse los sistemas de comunicación internos, sistemas de recompensas a los logros de los trabajadores, condiciones de trabajo, actividades de formación y actualización para la capacitación de los trabajadores

–               Disminuir los niveles producidos por factores individuales considerando las diferencias individuales.

–               De acuerdo al nivel de estrés presentado por los trabajadores de esta institución se debe considerar la realización de sesiones educativas en donde se incluyan además de la motivación las medidas ergonómicas como uno de las principales acciones para disminuir tanto el estrés laboral como los problemas musculoesqueléticos.

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