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Gestión de residuos

Las principales fuentes de producción son:

  • Restos que quedan en el vial o ampollas sin utilizar.
  • Material desechable utilizado en la manipulación.
  • Mezclas intravenosas no utilizadas.
  • Medicamentos caducados.
  • Productos provenientes de derrames y extravasaciones.
  • Equipos de trabajo o de protección individual empleados en cualquier fase del proceso: guantes, bata desechable, mascarilla, calzas, etc.
  • Filtros de alta eficacia de las cabinas de seguridad empleadas en la preparación.
  • Material desechable contaminado con excretas de los pacientes tratados con medicamentos citotóxicos y citostáticos.

Atendiendo al grado de contaminación de los materiales utilizados se pueden clasificar en dos grupos:

  • Material muy contaminado: medicamentos caducados y restos de ampollas, viales o sueros reconstituidos cuyo contenido sea igual o superior al 3% de su contenido en peso de citostáticos.
  • Material poco contaminado: el no incluido en el apartado anterior, como agujas, jeringas, ampollas y viales vacíos, guantes, etc.

Los lugares donde habitualmente suelen generarse mayor cantidad de residuos, de acuerdo con su procedencia, son:

  • Servicio de Farmacia: suele realizarse la preparación centralizada de los fármacos citostáticos. Es el encargado de regular el almacenamiento, preparación, identificación, estabilidad, circulación, administración y control del buen uso de los medicamentos.
  • Hospital de día: suele encargarse de la administración de los medicamentos antineoplásicos. A veces suelen realizarse reconstituciones ocasionales.
  • Unidades de hospitalización: cuando los pacientes tiene tratamientos largos y deben estar hospitalizados.

SUBGRUPO IIIC: RESIDUOS QUÍMICOS

Son aquellos residuos procedentes de productos químicos considerados como sustancias peligrosas.

La peligrosidad de los residuos químicos viene determinada por la peligrosidad y la concentración de sus componentes. Por ello, disponer de las etiquetas y especialmente de las fichas de datos de seguridad es duchas sustancias es imprescindible. A través de las mismas será posible adoptar las medidas necesarias para la seguridad y salud de los trabajadores y para preservar el medio ambiente. Las fichas de datos de seguridad completan la información recogida en la etiqueta e indica, en el punto 13, las consideraciones relativas a la eliminación del producto.

  • Ejemplo: disolventes halogenados y sus mezclas, no halogenados, diluciones acuosas, ácidos, sólidos, especiales, mercurio (instrumentos de medida), otros residuos líquidos (desinfectantes a base de aldehídos, residuos de fijador o revelador generados en radiología), recipientes y envases que hayan contenido sustancias peligrosas, etc.

IV. GRUPO IV – RESIDUOS PELIGROSOS DE ORIGEN NO SANITARIO

Como consecuencia de la actividad desarrollada en los centros sanitarios, es generada una gran cantidad de residuos que, de acuerdo con la Ley 22/11 y con la Lista Europea de Residuos, son considerados como peligrosos al ser perjudiciales para las personas y/o el medio ambiente.

Como norma general, cuando se esté en presencia de uno de estos residuos se verificará si se encuentra incluido en la clasificación contenida en la Lista Europea de Residuos o bien se valorarán las propias características del residuo para ver si es realmente peligroso o no. Posteriormente se acudirá a revisar si dispone de normativa específica o requerimientos especiales, a fin de realizar la adecuada gestión del mismo.

A efectos de clasificación y etiquetado del residuo, se utilizarán los códigos LER que están incluidos en la categoría “20” de residuos municipales (residuos domésticos y residuos asimilables procedentes de los comercios, industrias e instituciones).

  • Ejemplos: pilas y baterías, aceites industriales usados, residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEEs), tóner peligrosos, residuos de construcción que contienen sustancias peligrosas, envases con restos de productos tóxicos y peligrosos, trapos, textiles y restos de absorbentes impregnados en sustancias peligrosas, pinturas y barnices, etc.

V. GRUPO V – RESIDUOS RADIACTIVOS

La Ley 54/1997 de “Regulación del Sector Eléctrico” define Residuo Radiactivo como: “cualquier material o producto de desecho para el cual no está previsto ningún uso, que contiene o está contaminado con radionucleidos en concentraciones o niveles de actividad superiores a los establecidos por el Ministerio de Industria Turismo y Comercio previo informe del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN)”.

En las instalaciones radiactivas (IIRR) se producen cantidades no despreciables de residuos con contenido radiactivo. La gestión de estos materiales contaminados, así como la de las propias fuentes cuando han dejado de ser útiles, debe llevarse a cabo con arreglo a los principios generales de protección radiológica, a la normativa vigente y a las recomendaciones de las guías de Seguridad del CSN.

Desde el punto de vista radiológico se pueden distinguir dos tipos de gestión en relación con los residuos radiactivos:

  1. Gestión convencional: cuando no se requiere consideración especial alguna desde el punto de vista radiológico. Es decir, materiales residuales o residuos cuyo contenido radioactivo es inferior a los valores establecidos por la autoridad competente y los originados en aquellas instalaciones donde la actividad que se desarrolla, de acuerdo con la legislación vigente, no precisa autorización. Dentro de este tipo la gestión se puede realizar como:
  • Grupo I (residuos generales asimilables a urbanos).
  • Grupo II (residuos sanitarios asimilables a urbanos o domésticos).
  • Grupo III (residuos peligrosos de origen sanitario).
  1. Gestión por empresa autorizada en manipulación y tratamiento de residuos radioactivos: ENRESA es la encargada de la retirada de este tipo de residuos y su posterior gestión en España. En este caso, la instalación establece un contrato con ENRESA en el que se definen los aspectos administrativos y técnicos que se precisan para la retirada del residuo radioactivo.

Es necesario adoptar medidas necesarias para minimizar la dosis que puedan recibir los trabajadores de la instalación o el público en general. Además, y de acuerdo con el Reglamento sobre Protección Sanitaria contra Radiaciones ionizantes, toda evacuación de efluentes y residuos radiactivos ha de someterse a un estricto control, requiriendo autorización expresa del Ministerio correspondiente, previo informe del Consejo de Seguridad Nuclear, y se ajustará a los límites y condiciones que en la misma se establezcan atendiendo a las características de la práctica. La solicitud de autorización debe contener estudios adecuados relativos al vertido de efluentes radiactivos al medio ambiente y a la capacidad de recepción de contaminantes radiactivos  de la zona en función de sus características.

2. Volumen generado a nivel regional, nacional e internacional. Comparación con otros tipos de residuos

El volumen generado de residuos sanitarios tienen especial dificultad para establecer un volumen en concreto, ya que estos residuos se caracterizan por englobar todo tipo de residuos (RSU, peligrosos, tóxicos, etc.), por lo que se establecen estimaciones de los residuos de los distintos grupos, en Asturias según el Plan Estratégico de Residuos del Principado de Asturias 2014-2024 la estimación (tabla 1) la clasifica según los grupos I, II y III, siendo el primer grupo el que más volumen se genera, sin embargo en estas estimaciones únicamente se incluyen los residuos producidos por los hospitales tanto públicos como privados, de igual forma en el Plan Integral de Residuos de Castilla Y León 2013 (tabla 2) recogen las estimaciones de los grupos III y IV, lo que supone que el ratio prácticamente sean iguales para el grupo III. (Ver Tablas 2 y 3).

Los datos que ofrecen ambos planes estratégicos para 2010 se pueden comparar aunque los volúmenes que registran no son del todo exactos para ambas Comunidades Autónomas ya que mientras una comunidad engloba en el grupo III todos aquellos residuos que establece la legislación Europea en Castilla y León se hace mención a los que usan para estos cálculos. En 2010 en Asturias se han producido 966 toneladas mientras que para Castilla y León es de 2290,20 toneladas, por lo que aunque exista gran disparidad se debe tener en cuenta que en Castilla y León existen más hospitales que incrementan las cifras.

La gráfica 1 representa las cantidades de medicamentos recogidas por el sistema SIGRE, si bien este modelo de gestión deja al margen los centros hospitalarios y actualmente su recogida solo se produce en farmacias, el resultado para Asturias es muy inferior al nivel nacional, Islas Baleares con un número de habitantes aproximado al de Asturias refleja la relación habitantes-recogida de medicamentos, siendo en gran parte del periodo 2003-2011 ascendente. (Ver Gráfico 1).

3.            Sistemas utilizados para la gestión de este tipo de residuos

La Ley 22/2011, 28 de julio, de Residuos, define claramente la obligatoriedad de la entrega del poseedor de cualquier residuo a gestores autorizados para su valorización o eliminación.

La gestión de los residuos urbanos y asimilables a urbanos es de competencia municipal. Serán los servicios municipales o las empresas subcontratadas al efecto las encargadas de la recogida y gestión posterior de este tipo de residuos.

Con objeto de poder llevar a cabo el necesario seguimiento a la generación de los residuos, todos los centros sanitarios han de llevar a cabo un registro de la producción de residuos en sus instalaciones. En el caso de los residuos no peligrosos, urbanos y sanitarios asimilables a urbanos, el centro hará una estimación de la producción  estableciendo  los  controles  que  estime  oportuno  de  manera  que  garantice  la  máxima  fiabilidad  posible. Esta estimación generará, en todo caso, un registro de producción.

En este tipo de residuos, los centros procederán a la separación en origen de aquellos residuos que, por su naturaleza, sean subsidiarios de tratamientos específicos de algún tipo de valorización o reciclado (papel, cartón, madera, plásticos, etc.). Igualmente esta acción producirá un registro específico por tipo de residuo.

En cualquier caso, se ha de estar en posesión de la documentación que acrediten las entregas realizadas a los distintos gestores.

En el caso de los residuos peligrosos, la gestión corresponde a los denominados gestores autorizados. La autorización para tal fin es competencia de la Consejería de Medio Ambiente.

Actualmente el modelo de gestión que se usa para los residuos sanitarios no difiere de las distintas clasificaciones establecidas, por lo que no se tratan de unos residuos con normativa propia ya que parte de una normativa general que debe ser adaptada, sin embargo si presentan peculiaridades que hacen que este residuo sea tratado de forma distinta según su peligrosidad tanto para el ser humano como el medio ambiente.

Para establecer una trazabilidad de los residuos y disminuir al máximo el riesgo que puedan ocasionar los centros deben tener autorización de productor de residuos además se deben crear distintos planes de actuación según el sistema de generación y recogida de residuos, de tal forma que podemos hablar de gestión intracentros, extracentros y el programa nacional de Sistema Integrado de Gestión y Recogida de Envases (SIGRE).

A.            Intracentros

Esta gestión de los residuos se hace de manera interna, de tal forma que todos los residuos generados en el centro se depositan en el almacén de residuos. La responsabilidad de acatar la normativa corresponde a la alta dirección de los centros productores de residuos sanitarios, y por tanto debe establecer un plan de actuación que contemple la vigilancia, información, toma de iniciativas y tramitación de los residuos.

I.                Almacenamiento

El almacenamiento de los residuos se realiza en periodos máximos de 12 horas, en este tipo de gestión interna conlleva peligros asociados a la reutilización de contenedores, así es que estos deberán ser de materiales y diseño que aseguren una limpieza con gran facilidad. El personal exclusivo destinado a transportar internamente dichos residuos deberá estar previstos de ropas específicas y equipos de protección individual para estas actividades.

El tiempo de almacenamiento máximo permitido para la gestión intracentros es de 72 horas ampliable a 7 días si están capacitados de sistemas de refrigeración con máximo de 4 oC (esta temporalidad puede verse modificada según normativa autonómica) así como de características que faciliten la identificación de la zona peligrosa aislada de personal no profesional y de animales.

Los distintos tipos de residuos peligrosos, se almacenarán teniendo en cuenta las in-compatibilidades entre sustancias peligrosas: (Ver Anexo II)

II.                Transporte

Si los centros están capacitados para la eliminación de residuos necesitaran la autorización pertinente, de lo contrario se deberá realizar a través de una empresa privada o pública autorizada para tal fin.

III.                Eliminación

La eliminación de tales residuos se realizaran acorde a la normativa vigente asimilable a los distintos tipos de residuos y de igual forma será de aplicación para la gestión extracentros.

B.            Extracentros

Este sistema de gestión comprende a organizaciones autorizadas para la gestión de los procesos de recogida, transporte, almacenamiento, tratamiento y eliminación por lo que difiere del sistema de gestión intracentros es la característica de recogida y almacenamiento.

Para la gestión de residuos acogidos al modelo de extracentros se debe tener en cuenta que los residuos cuyos riesgos sean específicos así como los citotóxicos.

I.                Recogida y almacenamiento

El gestor autorizado podrá retirar los residuos de los centros generadores de residuos con un plazo máximo de 72 horas como norma general (las competencias que fueran transmitidas a las distintas comunidades autónomas podrán establecer otros plazos en función de las restricciones que establezcan las normas por las que se vean afectadas).

II.                Transporte

El transporte se realizara mediante empresas autorizadas tanto entidades públicas como privadas, de tal forma que estas deberán asegurarse que todos aquellos residuos recogidos estén bien envasados y etiquetados, se deberá acompañar de los documentos que aseguren la trazabilidad del residuo desde su origen hasta su eliminación, así como indicar a la autoridad que le corresponda los incidentes que pudieran surgir.

III.                Eliminación

Los residuos sanitarios asimilables a urbanos seguirán el procedimiento definido para residuos urbanos respetando la norma UNE 53-14-85 relativo a las bolsas de contención, los residuos sanitarios de riesgo específico y citotóxicos serán tratados y eliminados atendiendo a su peligrosidad para el medio ambiente y todo aquel ser vivo. Para los residuos peligrosos se puede eliminar mediante incineración o desinfección y posterior tratamiento como residuos urbanos, los residuos citotóxicos podrán ser incinerados o neutralizados químicamente. (Ver Gráfico 2 y Anexo III) SIGRE

El sistema de gestión nacional de medicamentos fomenta una recogida y tratamiento de medicamentos y envases que no perjudicaran al medioambiente al ser tratados sin mezclarse con los distintos residuos que se generan. Las peculiaridades de este modelo de gestión son: