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Maltrato infantil

Todo esto pone en evidencia, que el trato que se ha dado a los menores no ha sido similar ni en todas las épocas ni en toda las culturas, entre otras razones porque tampoco ha sido uniforme la posición otorgada a los niños, ni la duración de la niñez.  Un ejemplo de ello sería, que en una época no muy lejana, la niñez se veía sólo como una etapa previa a la vida adulta. Era algo como aprovechar la infancia para «convertirse en hombres de provecho» o considerar que a los 12 años los humanos estaban suficientemente preparados para incorporase a la vida laboral.

Gracias a la evolución que el ser humano ha desempeñado durante estos años, lenta pero progresiva, se ha llegado al concepto de infancia como período sustantivo, distinto cualitativamente de otros momentos de la vida.

Desgraciadamente, sean cuales sean los usos y las costumbres de las distintas culturas, en todas ellas suelen aparecer modos de tratar a los menores que exceden los márgenes socialmente admitidos.

Citado en la bibliografía encontrada sobre el tema, si esta manera de comportarse con los menores se llama maltrato, se puede afirmar que el maltrato infantil es una constante histórica, es decir, que cuanto más nos retraemos en el pasado, más expuestos están los niños a una muerte violenta, al abandono, a los golpes, al terror y a los abusos sexuales.

            Definición de conceptos

El concepto niño es definido en el artículo 315 del Código Civil, conforme al artículo 12 de la Constitución y al artículo 1 de la Convención, considera como niños a todos los seres humanos menores de 18 años. De manera similar, la Ley Orgánica 1/1996 sobre la protección jurídica del menor, prevé su aplicación a todos los menores de 18 años que se encuentran en el territorio español (art. 1).

Por otro lado algunas leyes ordinarias de las Comunidades Autónomas (Cataluña, Galicia y Madrid) hacen distinción entre niños (de 0 a 12 años) y adolescentes (de 12 a 18 años).

En el Sistema Español, los niños deben estar representados legalmente y protegidos por sus padres o por un tutor, pero tiene también un espacio de capacidad propia limitado por sus propios intereses. Todos los actos considerados como privados y personales deben ser efectuados directamente por el niño sin representante voluntario o legal.

            Familia desestructurada, es aquella que presenta una constante conflictividad y una permanente perturbación en el grupo familiar (padre, madre, hijos). La familia desestructurada puede clasificarse como desestructurada por la ausencia del núcleo básico que conforma físicamente una familia; por otro lado también se puede considerar desestructurada cuando sólo está formada por un miembro de los padres, ya sea por decisión propia, por irresponsabilidad paternal o por orfandad; por último es aquella en la que a pesar de que la familia convive junta, bajo un mismo techo, existe un ambiente de confrontación franco y total entre padre y madre, hermanos entre sí y/o entre padres e hijos.

La desestructuración familiar se produce por tres razones principales:

  1. Desestructuración originada por los padres y/o tutores del niño: pude ser debida por la separación/divorcio de los padres, convivencia de hijos con la madre soltera, rivalidad entre hermanos, estilos educativos, influencia de la dinámica familiar, patología de los padres…
  2. Desestructuración originada por causas de fuerza mayor caracterizada por: padres que padecen de enfermedades terminales, hijos enfermos (postrados, deficiencia mental), orfandad…
  3. Desestructuración originada por los hijos, se presenta cuando: los hijos presentan bajo rendimiento escolar, la conducta inmoral dentro o fuera del hogar, tendencias homosexuales…

Malos tratos en la infancia se define como: acción, omisión o trato negligente, no accidental, que prive al niño de sus derechos y su bienestar, que amenacen y/o interfieran en su ordenado desarrollo físico, psíquico y/o social, cuyos autores pueden ser personas, instituciones o la propia sociedad. Esta definición incluye lo que se hace (acción), lo que se deja de hacer (omisión), o se realiza de forma inadecuada (negligencia), ocasionando al niño daño físico, psicológico-emocional y social, además de menospreciar sus derechos y su bienestar. Los autores pueden ser las personas (familiares o no) y las instituciones-administraciones (maltrato institucional).

El maltrato puede clasificarse desde diversos puntos de vista:

  • Según en el momento el que se produce:
  • Prenatal, cuando el maltrato se produce antes del nacimiento del niño.
  • Postnatal cuando el maltrato se produce durante su vida extrauterina.
  • Según los autores:
  • Familiar, cuando los autores del maltrato son familiares del menor, principalmente familiares en primer grado (padres, biológicos o no, abuelos, hermanos, tíos, etc.).
  • Extrafamiliar, cuando los autores del maltrato no son familiares del menor, o el grado de parentesco es muy lejano (familiares en segundo grado) y no tienen relaciones familiares.
  • Institucional, es el maltrato provocado por las instituciones públicas, bien sean sanitarias, educativas, etc.
  • Social, cuando no hay un sujeto concreto responsable del maltrato, pero hay una serie de circunstancias externas en la vida de los progenitores y del menor que imposibilitan una atención o un cuidado adecuado del niño.
  • Según la acción/omisión que se está infringiendo:
  • Maltrato físico: toda acción de carácter físico realizada voluntariamente, que provoque o pueda provocar lesiones físicas en el menor.
  • Negligencia: dejar o abstenerse de atender a las necesidades del niño y a los deberes de guarda y protección o cuidado inadecuado del niño.
  • Maltrato emocional: toda acción, normalmente de carácter verbal, o toda actitud hacia un menor que provoquen, o puedan provocar en él, daños psicológicos.
  • Abuso sexual: cualquier comportamiento en el que un menor es utilizado por un adulto u otro menor como medio para obtener estimulación o gratificación sexual.

Prevención

Los profesionales sanitarios, sobre todo los pediatras, al estar más en contacto con los niños, son los responsables de llevar a cabo una prevención del maltrato infantil y por ello, tienen la responsabilidad de conocer cómo actuar ante la detención de un caso.